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"El uso pedagógico del tiempo de trabajo escolar es un factor favorable para el mejoramiento de la calidad"
Al expedir el calendario académico tenga en cuenta los siguientes aspectos:
- La semana de receso estudiantil y desarrollo institucional de octubre, de acuerdo con el Decreto 1373 de 2007 para el año 2010 será del 11 al 15 de octubre, que corresponde a la semana anterior al día feriado.
- El calendario que expida deberá organizar con claridad las 40 cuarenta semanas de trabajo académico, cinco semanas de desarrollo institucional 12 semanas de receso estudiantil y 7 semanas de vacaciones de docentes y directivos docentes.
- Existen secretarías de educación que, por sus condiciones, expiden calendarios académicos especiales que responden las características culturales de los grupos étnicos; por ejemplo, aquellas regiones que tienen poblaciones indígenas, afros, room. También las zonas cafeteras y regiones en riesgo por emergencias invernales.
- De acuerdo con el Decreto 1290 de 2009, quien define los períodos de evaluación y la entrega de informes periódicos a los padres de familia es el establecimiento educativo según su Sistema Institucional de Evaluación.
¿Y cuál es la reglamentación para los colegios privados?
En lo que compete a la organización del calendario para los colegios privados, teniendo en cuenta que el Decreto 1850 de 2002 no los acoge, para hacer seguimiento al tiempo, la secretaría de educación deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1373 de 2007, la resolución 1730 de 2004 y la directiva Ministerial 15 de 2009.
Por favor enviar el calendario académico de su secretaría de educación al siguiente correo: caballerojota@gmail.com
Las secretarías de educación certificadas son autónomas para definir su calendario académico, atendiendo las condiciones económicas regionales, las tradiciones de las instituciones educativas y de acuerdo con los criterios establecidos por el Decreto 1850 de 2002.
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